Ley·27 de enero de 2014
Ley 2/2014, de 27 de enero, de medidas fiscales, administrativas, financieras y del sector público
Vigente desde el 31 de enero de 2014 273 artículos 325 vigencias historificadas
Consultar onlineÍndice
titolo TÍTULO IMedidas fiscales
capo CAPÍTULO ITributos propios
sezione Sección primera. Cánones sobre la disposición del desperdicio de los residuos
Art. 1Art. 2Art. 3Art. 4Art. 5Art. 6Art. 7Art. 8sezione Sección Segunda. Gravamen de Protección Civil
Art. 9sezione Sección tercera. Canon del agua
Art. 10Art. 11Art. 12Art. 13Art. 14Art. 15Art. 16Art. 17Art. 18Art. 19Art. 20Art. 21Art. 22Art. 23Art. 24Art. 25Art. 26Art. 27sezione Sección cuarta. Tasas
paragrafo Subsección primera. Tasas
Art. 28paragrafo Subsección segunda. Tasa por la gestión técnica facultativa de los servicios agronómicos
Art. 29paragrafo Subsección tercera. Tasa por la prestación de servicios facultativos veterinarios
Art. 30paragrafo Subsección cuarta. Tasa por los servicios de los laboratorios de sanidad agraria que dependen del Departamento de Agricultura, Ganadería, Pesca, Alimentación y Medio Natural
Art. 31paragrafo Subsección quinta. Tasa por la tramitación de los expedientes de segregaciones por debajo de la unidad mínima de cultivo de fincas situadas en suelo no urbanizable
Art. 32paragrafo Subsección sexta. Tasa por la autorización de los laboratorios elaboradores de autovacunas de uso veterinario
Art. 33paragrafo Subsección séptima. Tasa por la homologación de cursos y actividades de formación para la mejora de la calificación profesional agraria
Art. 34paragrafo Subsección octava. Tasa por la realización de aplicaciones aéreas de productos fitosanitarios en el ámbito del control de plagas
Art. 35paragrafo Subsección novena. Tasas por la prestación de servicios de la Agencia Catalana del Agua
Art. 36paragrafo Subsección décima. Tasa por la expedición de certificaciones oficiales del Instituto de Estadística de Cataluña
Art. 37paragrafo Subsección undécima. Tasa por la prestación del servicio de resultados específicos de estadísticas de interés de la Generalidad
Art. 38paragrafo Subsección duodécima. Tasa por la realización de actividades que son competencia del Tribunal Catalán de Contratos del Sector Público
Art. 39paragrafo Subsección decimotercera. Tasa por la tramitación de solicitudes de autorización de las entidades de gestión colectiva de derechos de propiedad intelectual y por los servicios prestados por el Registro de la Propiedad Intelectual de Cataluña
Art. 40paragrafo Subsección decimocuarta. Tasa por las reproducciones de documentos del Archivo Nacional de Cataluña, de los Archivos Históricos Provinciales, de los Archivos Comarcales, de los Archivos de los Museos de la Generalidad y del Archivo del Centro de Restauración de Bienes Muebles
Art. 41paragrafo Subsección decimoquinta. Tasa por la tramitación de solicitudes de declaración de asociaciones y fundaciones de interés cultural
Art. 42paragrafo Subsección decimosexta. Tasa por la tramitación de solicitudes de autorización de intervenciones arqueológicas y paleontológicas preventivas o integradas en un proyecto de investigación
Art. 43paragrafo Subsección decimoséptima. Tasa por la emisión de informes facultativos de las comisiones territoriales del patrimonio cultural
Art. 44paragrafo Subsección decimoctava. Tasa por la expedición de títulos académicos y profesionales
Art. 45paragrafo Subsección decimonovena. Tasa por la prestación de los servicios docentes de las escuelas oficiales de idiomas y por la inscripción a las pruebas libres para la obtención de los certificados oficiales
Art. 46paragrafo Subsección vigésima. Tasa por la inscripción en la prueba de acceso a los ciclos formativos de grado medio y en la prueba de acceso a los ciclos formativos de grado superior de formación profesional específica y de las enseñanzas de artes plásticas y de diseño, por la inscripción en la prueba de acceso de carácter general a las enseñanzas de régimen especial de técnico o técnica de deporte y técnico o técnica superior de deporte y a las formaciones deportivas de nivel 1 y de nivel 3, y la inscripción en la prueba para alumnos que no tienen el requisito académico para acceder a las enseñanzas artísticas superiores
Art. 47paragrafo Subsección vigésima primera. Tasa por la inscripción en las pruebas para la obtención de determinados títulos
Art. 48paragrafo Subsección vigésima segunda. Tasa por los servicios prestados por la Dirección General de Derecho y de Entidades Jurídicas
Art. 49paragrafo Subsección vigésima tercera. Tasa por los servicios prestados por el Consejo Catalán del Deporte
Art. 50paragrafo Subsección vigésima cuarta. Tasa por la expedición de licencias de caza, matrículas de áreas de caza y precintos de artes para la caza
Art. 51paragrafo Subsección vigésima quinta. Tasa por los permisos de caza de aves acuáticas y de caza mayor, excepto el jabalí, en las zonas de caza controlada
Art. 52paragrafo Subsección vigésima sexta. Tasa por los permisos de caza mayor y menor dentro de las reservas nacionales de caza y reservas de caza
Art. 53paragrafo Subsección vigésima séptima. Tasa por la expedición de la licencia para practicar la inmersión en la zona estrictamente protegida de las islas Medes
Art. 54paragrafo Subsección vigésima octava. Tasa por la ocupación de terrenos forestales propiedad de la Generalidad y la ocupación de los caminos ganaderos clasificados
Art. 55paragrafo Subsección vigésima novena. Tasa por la homologación de trofeos de caza
Art. 56paragrafo Subsección trigésima. Tasa por la emisión de declaraciones de impacto ambiental y las resoluciones que determinan la necesidad o la no necesidad de someter un proyecto al procedimiento de evaluación de impacto ambiental
Art. 57paragrafo Subsección trigésima primera. Tasa por la obtención y renovación del distintivo de garantía de calidad ambiental
Art. 58paragrafo Subsección trigésima segunda. Tasa por la obtención de la etiqueta ecológica europea
Art. 59paragrafo Subsección trigésima tercera. Tasa por los servicios de autorización ambiental de actividades
Art. 60paragrafo Subsección trigésima cuarta. Tasa por los servicios de habilitación de entidades colaboradoras en materia de medio ambiente
Art. 61paragrafo Subsección trigésima quinta. Tasa por el servicio de tramitación de las solicitudes de certificados de convalidación de inversiones con objetivos de mejora ambiental a efectos de la deducción fiscal de estas inversiones
Art. 62paragrafo Subsección trigésima sexta. Tasa por los derechos al examen de aptitud como persona con formación en manipulación de carne de caza
Art. 63paragrafo Subsección trigésima séptima. Tasa por la expedición de precintos de caza mayor en las áreas privadas de caza y en las áreas locales de caza
Art. 64paragrafo Subsección trigésima octava. Tasa por la expedición de las anillas oficiales de aves fringílidas que acompañan las autorizaciones de captura en vivo de aves fringílidas para la actividad tradicional de concursos de canto
Art. 65paragrafo Subsección trigésima novena. Tasa por el servicio de inspección ambiental de los establecimientos incluidos en el plan de inspección ambiental de Cataluña
Art. 66paragrafo Subsección cuadragésima. Tasa por la expedición de la cédula de habitabilidad
Art. 67paragrafo Subsección cuadragésima primera. Tasa para las solicitudes de descalificación voluntaria de las viviendas de protección oficial o con protección oficial
Art. 68paragrafo Subsección cuadragésima segunda. Tasa por la prestación de servicios en materia de metrología, autorizaciones de instalaciones, inscripciones registrales, control de aparatos y vehículos, ordenación minera y certificaciones técnicas e informes
Art. 69paragrafo Subsección cuadragésima tercera. Tasa por la autorización de catalogación como vehículo histórico o por la autorización de reacuñación del número de bastidor
Art. 70paragrafo Subsección cuadragésima cuarta. Tasa por la tramitación y comprobación de la declaración de inicio de actividad de gestor de cargas del sistema
Art. 71paragrafo Subsección cuadragésima quinta. Tasa por el análisis, estudio y comprobación de la solución técnica y económica de nuevos suministros eléctricos
Art. 72paragrafo Subsección cuadragésima sexta. Tasa por la revisión, el control y la inspección de certificados de eficiencia energética de edificios
Art. 73paragrafo Subsección cuadragésima séptima. Tasa por la guarda de vehículos del Patronato de la Montaña de Montserrat
Art. 74paragrafo Subsección cuadragésima octava. Tasa por pesca marítima
Art. 75paragrafo Subsección cuadragésima novena. Tasa por el permiso de pesca
Art. 76paragrafo Subsección quincuagésima. Tasa por la licencia de pesca recreativa y profesional
Art. 77paragrafo Subsección quincuagésima primera. Tasa para realizar competiciones deportivas
Art. 78paragrafo Subsección quincuagésima segunda. Tasa por el permiso de extracción de flora y fauna marinas con finalidades de investigación, educativas y de acuariofilia ornamental, o por otras razones de interés general que la justifiquen
Art. 79paragrafo Subsección quincuagésima tercera. Tasa por los derechos de inscripción en las pruebas para la obtención de los certificados de conocimientos de catalán convocados por la Dirección General de Política Lingüística
Art. 80paragrafo Subsección quincuagésima cuarta. Tasa por la tramitación del nombramiento como profesional de la traducción o interpretación jurada del catalán a otra lengua y viceversa y la inscripción en el registro de traductores e intérpretes jurados
Art. 81paragrafo Subsección quincuagésima quinta. Tasa por los derechos de expedición, sustitución, modificación o duplicación del carné acreditativo de la habilitación para la traducción o interpretación juradas
Art. 82paragrafo Subsección quincuagésima sexta. Tasa por la publicación de anuncios en el «Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya»
Art. 83paragrafo Subsección quincuagésima séptima. Tasas de la Agencia de Residuos de Cataluña
Art. 84paragrafo Subsección quincuagésima octava. Tasa por los servicios administrativos de acreditación de centros sanitarios, de centros de atención sociosanitaria, de centros de atención a la salud mental y las adicciones en régimen de internamiento y ambulatorio, de equipos de atención primaria y por los servicios de autorización de entidades evaluadoras y de los actos que se deriven
Art. 85paragrafo Subsección quincuagésima novena. Tasa por actividades de control e inspección sanitaria en mataderos, salas de despiece y establecimientos de transformación de la caza y otros establecimientos alimentarios
Art. 86paragrafo Subsección sexagésima. Tasa por la inspección y el control de la industria farmacéutica
Art. 87paragrafo Subsección sexagésima primera. Tasa por los servicios de los laboratorios de salud pública dependientes del departamento de salud o ente competente
Art. 88paragrafo Subsección sexagésima segunda. Tasa por la renovación y reposición de la tarjeta sanitaria individual
Art. 89paragrafo Subsección sexagésima tercera. Tasa por el servicio de emisión del certificado de habilitación en la profesión sanitaria
Art. 90paragrafo Subsección sexagésima cuarta. Tasa por la habilitación acreditativa de los bomberos de empresa y del personal técnico competente para elaborar planes de autoprotección, así como de los centros de formación
Art. 91paragrafo Subsección sexagésima quinta. Tasa por los servicios prestados por el Cuerpo de Mossos d´Esquadra
Art. 92paragrafo Subsección sexagésima sexta. Tasa por la prestación de servicios de prevención y extinción de incendios y de salvamentos
Art. 93paragrafo Subsección sexagésima séptima. Tasa por las actuaciones del registro de entidades, servicios y establecimientos sociales
Art. 94paragrafo Subsección sexagésima octava. Tasa por la inspección de servicios y establecimientos sociales
Art. 95paragrafo Subsección sexagésima novena. Tasa por la emisión de los informes de extranjería
Art. 96paragrafo Subsección septuagésima. Tasa por la emisión de certificaciones de presentación de proyectos técnicos de infraestructuras comunes de telecomunicaciones en los edificios y de boletines o de certificados de instalación
Art. 97paragrafo Subsección septuagésima primera. Tasa por actuaciones de control y de inspección respecto de las actividades de prestación de servicios de comunicación audiovisual, gestionada por el Consejo del Audiovisual de Cataluña
Art. 98paragrafo Subsección septuagésima segunda. Tasa por la verificación de proyectos técnicos de infraestructuras comunes de telecomunicaciones que se presentan sin la verificación de una entidad habilitada
Art. 99paragrafo Subsección septuagésima tercera. Tasa por la verificación de los datos de la declaración responsable presentada por los instaladores de telecomunicaciones de Cataluña y la posterior inscripción en el Registro de Instaladores de Telecomunicaciones de Cataluña
Art. 100paragrafo Subsección septuagésima cuarta. Tasa por la emisión de certificaciones de acreditación de la inscripción en el Registro de Instaladores de Telecomunicaciones de Cataluña
Art. 101paragrafo Subsección septuagésima quinta. Tasa por informes y otras actuaciones facultativas
Art. 102paragrafo Subsección septuagésima sexta. Tasa por la tramitación de la solicitud de la expedición o renovación del título de capacitación para el ejercicio de la profesión de transportista por carretera; del título de capacitación para la actividad de consejero o consejera de seguridad para el transporte de mercancías peligrosas por carretera, por ferrocarril o por vía navegable; del certificado de conductor o conductora para el transporte de Mercancías o de Viajeros por Carretera, o de la tarjeta de tacógrafo digital
Art. 103paragrafo Subsección septuagésima séptima. Tasa por la tramitación de autorizaciones en la zona de servidumbre de protección y de autorizaciones de obras en dominio público marítimo-terrestre
Art. 104paragrafo Subsección septuagésima octava. Tasa por la tramitación de concesiones de ocupación, o de sus modificaciones, en el dominio público marítimo-terrestre
Art. 105paragrafo Subsección septuagésima novena. Tasa por la tramitación de autorizaciones de ocupación del dominio público marítimo-terrestre o de autorizaciones dentro del ámbito de concesiones en el dominio público marítimo-terrestre
Art. 106paragrafo Subsección octogésima. Tasa por la ocupación privativa del dominio público portuario adscrito a servicios portuarios de la Generalidad de Cataluña
Art. 107paragrafo Subsección octogésima primera. Tasa por la utilización o el aprovechamiento del dominio público viario
Art. 108paragrafo Subsección octogésima segunda. Tasa por la tramitación de expedientes de declaración de abandono de embarcaciones, vehículos y objetos abandonados en los puertos tutelados por la dirección general competente en materia de puertos
Art. 109paragrafo Subsección octogésima tercera. Tasa por el uso de las carreteras de titularidad de la Generalidad
Art. 110paragrafo Subsección octogésima cuarta. Tasa por las actuaciones del registro de empresas acreditadas de Cataluña
Art. 111paragrafo Subsección octogésima quinta. Tasas por los servicios prestados por la Dirección General de Economía Social y Cooperativa y Trabajo Autónomo
Art. 112paragrafo Subsección octogésima sexta. Tasa por la inscripción y modificación de datos en el Registro de Centros y Entidades de Formación Profesional para la Ocupación del Servicio de Ocupación de Cataluña
Art. 113paragrafo Subsección octogésima séptima. Tasa de autorización y seguimiento de entidades acreditadas por el Servicio de Ocupación de Cataluña para impartir acciones formativas de certificados de profesionalidad no financiadas con fondos públicos
Art. 114paragrafo Subsección octogésima octava. Tasa por los derechos de renovación o emisión de duplicados del carné acreditativo de la habilitación de guía de turismo de Cataluña y por el reconocimiento de habilitaciones de guías de turismo expedidas por otras Comunidades Autónomas del Estado español u organismos oficiales de otros Estados miembros de la Unión Europea por la vía de las prácticas profesionales
Art. 115paragrafo Subsección octogésima novena. Tasa por la prestación de servicios por la Agencia para la Calidad del Sistema Universitario de Cataluña
Art. 116paragrafo Subsección nonagésima. Orden informativa
Art. 117paragrafo Subsección nonagésima primera. Tasa por la ocupación privativa del dominio público portuario
Art. 118capo CAPÍTULO IITributos cedidos
sezione Sección primera. Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas
Art. 119Art. 120Art. 121sezione Sección segunda. Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones
Art. 122sezione Sección tercera. Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados
Art. 123Art. 124Art. 125sezione Sección cuarta. Tributación sobre el juego
paragrafo Subsección primera. Tasa fiscal sobre los juegos de suerte, envite o azar
Art. 126Art. 127sezione Subsección segunda. Tasa fiscal sobre rifas, tómbolas y combinaciones aleatorias
Art. 128Art. 129sezione Sección quinta. Obligaciones formales
Art. 130Art. 131Art. 132Art. 133sezione Sección sexta. Tasación pericial contradictoria
Art. 134sezione Sección séptima. Impuesto sobre hidrocarburos
Art. 135Art. 136titolo TÍTULO IIMedidas relativas al régimen jurídico de las finanzas públicas
capo CAPÍTULO IGestión financiera y control
Art. 137capo CAPÍTULO IIEstabilidad presupuestaria
Art. 138capo CAPÍTULO IIIModificaciones legislativas en materia patrimonial
Art. 139Art. 140titolo TÍTULO IIIMedidas administrativas en materia de función pública
capo CAPÍTULO INormas generales
Art. 141capo CAPÍTULO IINormas sectoriales
Art. 142Art. 143Art. 144Art. 145titolo TÍTULO IVMedidas de reestructuración y racionalización del sector público
capo CAPÍTULO IEntidades de derecho público de la Generalidad
Art. 146Art. 147Art. 148Art. 149Art. 150Art. 151Art. 152Art. 153Art. 154Art. 155Art. 156Art. 157capo CAPÍTULO IIMedidas de racionalización en el ámbito sanitario
Art. 158Art. 159Art. 160Art. 161Art. 162Art. 163Art. 164titolo TÍTULO VÓrganos reguladores o consultivos
Art. 165titolo TÍTULO VIMedidas administrativas en materia de vivienda y urbanismo, de ordenación ambiental, de ordenación de aguas y de ordenación territorial
capo CAPÍTULO IModificaciones legislativas en materia de vivienda y urbanismo
Art. 166Art. 167capo CAPÍTULO IIModificaciones legislativas en materia de ordenación ambiental
Art. 168Art. 169Art. 170Art. 171Art. 172Art. 173capo CAPÍTULO IIIModificaciones legislativas en materia de ordenación de aguas
Art. 174capo CAPÍTULO IVOtras medidas administrativas en competencias relativas a territorio
Art. 175Art. 176titolo TÍTULO VIIMedidas administrativas en materia de agricultura, pesca, alimentación y medio natural
capo CAPÍTULO IMedio natural
Art. 177Art. 178Art. 179capo CAPÍTULO IIAlimentación
sezione Sección primera. Producción agroalimentaria ecológica
paragrafo Subsección primera. Regulación de la producción agroalimentaria ecológica
Art. 180Art. 181Art. 182paragrafo Subsección segunda. Regulación del Consejo Catalán de la Producción Agraria Ecológica
Art. 183Art. 184Art. 185Art. 186Art. 187paragrafo Subsección tercera. Régimen sancionador
Art. 188Art. 189Art. 190Art. 191sezione Sección segunda. Producción integrada
paragrafo Subsección primera. Regulación de la producción integrada
Art. 192paragrafo Subsección segunda. Regulación del Consejo Catalán de la Producción Integrada
Art. 193Art. 194Art. 195Art. 196Art. 197Art. 198paragrafo Subsección tercera. Régimen sancionador
Art. 199Art. 200Art. 201Art. 202sezione Sección tercera. Calidad agroalimentaria
Art. 203capo CAPÍTULO IIIPesca
Art. 204Art. 205titolo TÍTULO VIIIMedidas administrativas en materia de política social
Art. 206titolo TÍTULO IXOtras medidas administrativas
capo CAPÍTULO INormas de carácter sectorial
Art. 207Art. 208Art. 209Art. 210Art. 211Art. 212Art. 213Art. 214capo CAPÍTULO IINormas de carácter general
Art. 215Art. 216Art. 217Art. Disposición adicional primeraArt. Disposición adicional segundaArt. Disposición adicional terceraArt. Disposición adicional cuartaArt. Disposición adicional quintaArt. Disposición adicional sextaArt. Disposición adicional séptimaArt. Disposición adicional octavaArt. Disposición adicional novenaArt. Disposición adicional décimaArt. Disposición adicional undécimaArt. Disposición adicional duodécimaArt. Disposición adicional decimoterceraArt. Disposición adicional decimocuartaArt. Disposición adicional decimoquintaArt. Disposición adicional decimosextaArt. Disposición adicional decimoséptimaArt. Disposición adicional decimoctavaArt. Disposición adicional decimonovenaArt. Disposición adicional vigésimaArt. Disposición adicional vigésima primeraArt. Disposición adicional vigésima segundaArt. Disposición adicional vigésima terceraArt. Disposición adicional vigésima cuartaArt. Disposición adicional vigésima quintaArt. Disposición adicional vigésima sextaArt. Disposición adicional vigésima séptimaArt. Disposición adicional vigésima octavaArt. Disposición adicional vigésima novenaArt. Disposición adicional trigésimaArt. Disposición adicional trigésima primeraArt. Disposición transitoria primeraArt. Disposición transitoria segundaArt. Disposición transitoria terceraArt. Disposición transitoria cuartaArt. Disposición transitoria quintaArt. Disposición transitoria sextaArt. Disposición transitoria séptimaArt. Disposición transitoria octavaArt. Disposición derogatoriaArt. Disposición final primeraArt. Disposición final segundaArt. Disposición final terceraArt. Disposición final cuartaArt. Disposición final quintaArt. Disposición final sextaArt. Disposición final séptimaArt. Disposición final octavaArt. Disposición final novenaArt. Disposición final décimaArt. Disposición final undécimaArt. Disposición final duodécimaArt. Disposición final decimotercera