Título TÍTULO ICapítulo CAPÍTULO ISecc. Sección cuarta. Tasas§ Subsección vigésima segunda. Tasa por los servicios prestados por la Dirección General de Derecho y de Entidades Jurídicas

Art. 49

En vigor desde 31 ene 2014
Se modifica el artículo 10.1-4 del capítulo I del título X del texto refundido de la Ley de tasas y precios públicos de la Generalidad de Cataluña, aprobado por el Decreto Legislativo 3/2008, que queda redactado del siguiente modo: «Artículo 10.1-4 Cuota. Las cuotas de las tasas son: 1. Fundaciones: Inscripción de fundaciones: 90 euros. Modificación de estatutos: 90 euros. Modificación del patronato: 50 euros. Delegación de facultades: 50 euros. Inscripción de fondos especiales: 50 euros. Modificación de fondos especiales: 50 euros. Fusión, escisión y extinción: 150 euros. Inscripción de las delegaciones de fundaciones que actúan en Cataluña reguladas por leyes de fundaciones otras que el libro tercero del Código civil de Cataluña, relativo a las personas jurídicas, aprobado por la Ley 4/2008, de 24 de abril: 75 euros. Autorización de actos de contenido económico: 100 euros. Entrega de fotocopias de las cuentas anuales: 15 euros por ejercicio. Revisión de cuentas anuales: 100 euros. Emisión de certificados, notas simples y copias certificadas: 20 euros. Emisión de listados: 10 euros. Declaración responsable: 75 euros. 2. Asociaciones y federaciones: Inscripción de asociaciones o federaciones: 55 euros. Instrucción del expediente de declaración de utilidad pública: 90 euros. Modificación de estatutos: 30 euros. Modificación de la junta directiva: 20 euros. Entrega de fotocopias de las cuentas anuales: 15 euros por ejercicio. Emisión de certificados, notas simples y copias certificadas: 20 euros. Revisión de cuentas de las asociaciones declaradas de utilidad pública: 100 euros. Emisión de listados: 10 euros. Inscripción de delegación de asociación extranjera: 50 euros. Transformación de una asociación en fundación: 100 euros. 3. Colegios profesionales y consejos de colegios: Inscripción de órganos de gobierno: 20 euros. Emisión de certificados, notas simples y copias certificadas: 20 euros. Emisión de listados: 10 euros. Declaración de adecuación a la legalidad de los estatutos de los colegios profesionales y consejos de colegios de nueva creación: 180 euros. Declaración de adecuación a la legalidad de la modificación global de los estatutos de los colegios profesionales y consejos de colegios: 180 euros. Declaración de adecuación a la legalidad de la modificación parcial de los estatutos de los colegios profesionales y consejos de colegios: 130 euros. Declaración de adecuación a la legalidad de los reglamentos de colegios y consejos de colegios: 180 euros. Declaración de adecuación a la legalidad de la modificación global de los reglamentos de colegios y consejos de colegios: 180 euros. Declaración de adecuación a la legalidad de la modificación parcial de los reglamentos de colegios y consejos de colegios: 130 euros. Delegación de funciones y apoderamientos: 50 euros. Apertura y cierre de delegaciones territoriales: 90 euros. Fusión y escisión: 130 euros. Disolución: 130 euros. 4. Academias: Inscripción de órganos de gobierno: 20 euros. Emisión de certificados, notas simples y copias certificadas: 20 euros. Emisión de listados: 10 euros. Declaración de adecuación a la legalidad de los estatutos y sus modificaciones: 130 euros. 5. Mediación en el ámbito del derecho privado: Homologación de cursos de mediadores: 90 euros. Renovación de la homologación: 50 euros.»
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eli/es-ct/l/2014/01/27/2#art-49

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