Título TÍTULO I›Capítulo CAPÍTULO I›Secc. Sección cuarta. Tasas›§ Subsección decimoctava. Tasa por la expedición de títulos académicos y profesionales
Art. 45
En vigor desde 31 ene 2014
1. Se añade un apartado, el 3.7, al artículo 9.1-5 del capítulo I del título IX del refundido de la Ley de tasas y precios públicos de la Generalidad de Cataluña, aprobado por el Decreto Legislativo 3/2008, con el siguiente texto:
«3.7 Títulos de las enseñanzas artísticas superiores adaptadas al Espacio Europeo de la Educación Superior y equivalentes a grado universitario: 131,55 euros.»
2. Se modifica el apartado 4 del artículo 9.1-5 del capítulo I del título IX del texto refundido de la Ley de tasas y precios públicos de la Generalidad de Cataluña, que queda redactado del siguiente modo:
«4. Reexpedición (expedición de duplicados): 15,15 euros.»
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Proeli/es-ct/l/2014/01/27/2#art-45