Título TÍTULO VI›Capítulo CAPÍTULO II
Art. 171
En vigor desde 31 ene 2014
Se modifica el apartado 1 de la disposición transitoria segunda de la Ley 9/2011, de 29 de diciembre, de promoción de la actividad económica, que queda redactado del siguiente modo:
«1. Las actividades ganaderas que disponen de autorización ambiental en la fecha de entrada en vigor de la presente ley de modificación y que con la nueva regulación quedan incluidas en el anexo II de la Ley 20/2009, de 4 de diciembre, de prevención y control ambiental de las actividades, pasan a regirse por el régimen de control que el artículo 71 de la Ley 20/2009 establece para las actividades del anexo II.»
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es-ct/l/2014/01/27/2#art-171