Acuerdo·15 de septiembre de 2005
Acuerdo de 15 de septiembre de 2005, del Pleno del Consejo General del Poder Judicial, por el que se aprueba el Reglamento 1/2005, de los aspectos accesorios de las actuaciones judiciales
Vigente desde el 27 de octubre de 2005 114 artículos 126 vigencias historificadas
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titolo TÍTULO IDe la publicidad de las actuaciones judiciales, publicación de las resoluciones judiciales, habilitación de días y horas, fijación de las horas de audiencia pública y la constitución de los órganos judiciales fuera de su sede
capo CAPÍTULO ILa publicidad de las actuaciones judiciales y publicación de las resoluciones judiciales
sezione Sección Primera. Publicidad de las actuaciones judiciales
Art. 1Art. 2Art. 3Art. 4Art. 5Art. 6sezione Sección Segunda. Publicación y difusión de las Resoluciones Judiciales
Art. 7capo CAPÍTULO IILa habilitación de días y horas
Art. 8Art. 9capo CAPÍTULO IIILa audiencia pública, el horario de los Jueces y Magistrados y los señalamientos
Art. 10Art. 11Art. 12Art. 13capo CAPÍTULO IVLa constitución de los órganos judiciales fuera de su sede
Art. 14Art. 15Art. 16titolo TÍTULO IIDe la especialización de los órganos judiciales y del reparto de asuntos y ponencias
capo CAPÍTULO IEspecialización de los Juzgados
Art. 17Art. 18Art. 19Art. 20Art. 21Art. 22Art. 23capo CAPÍTULO IIEspecialización de las secciones
Art. 24capo CAPÍTULO IIIReparto de asuntos
Art. 25Art. 26Art. 27Art. 28capo CAPÍTULO IVLiberación total o parcial de asuntos
Art. 29Art. 30Art. 31Art. 32Art. 33capo CAPÍTULO VReparto de ponencias
Art. 34Art. 35Art. 36Art. 37titolo TÍTULO IIIDel servicio de guardia
capo CAPÍTULO INormas generales
Art. 38Art. 39Art. 40Art. 41Art. 42Art. 43Art. 44Art. 45Art. 46Art. 47Art. 48Art. 49capo CAPÍTULO IINormas particulares
sezione Sección Primera. El servicio de guardia en los partidos judiciales con treinta y tres o más Juzgados de Instrucción
Art. 50Art. 51Art. 52Art. 53Art. 54sezione Sección Segunda. El servicio de guardia en los partidos judiciales con trece o más Juzgados de Instrucción
Art. 55Art. 56sezione Sección Tercera. El servicio de guardia en los partidos judiciales con diez o más Juzgados de Instrucción
Art. 57Art. 58sezione Sección Cuarta. El servicio de guardia en los partidos judiciales con ocho o más Juzgados de Instrucción
Art. 59sezione Sección Quinta. El servicio de guardia en el resto de partidos judiciales con Juzgados de Instrucción y Partidos Judiciales con Juzgados de Primera Instancia e Instrucción
Art. 60sezione Sección Sexta. El servicio de guardia en los partidos judiciales con un único Juzgado de Primera Instancia e Instrucción
Art. 61sezione Sección Séptima. El servicio de guardia de los Juzgados de Menores en las poblaciones en que existan cuatro o más Juzgados de tal naturaleza
Art. 62Art. Sección Séptima bisArt. 62 bissezione Sección Octava. De los Juzgados de lo Penal
Art. 63titolo TÍTULO IVDe la cooperación jurisdiccional
capo CAPÍTULO ILa cooperación entre los Jueces y Tribunales españoles
Art. 64Art. 65Art. 66Art. 67Art. 68Art. 69Art. 70Art. 71Art. 72Art. 73capo CAPÍTULO IILa cooperación jurisdiccional internacional
Art. Artículos 74 a 85sezione Sección Primera. De la práctica de actuaciones judiciales en el extranjero
Art. 74Art. 75Art. 76Art. 77sezione Sección Segunda. El cumplimiento en España de las solicitudes de auxilio judicial procedentes de países extranjeros
Art. 78Art. 79Art. 80sezione Sección Tercera. De la Red Judicial Española de Cooperación Judicial Internacional
Art. 81Art. 82Art. 83Art. 84Art. 85titolo TÍTULO VDel establecimiento y gestión de los ficheros automatizados bajo la responsabilidad de los órganos judiciales
Art. 86Art. 87Art. 88Art. 89Art. 90Art. 91Art. 92Art. 93Art. 94Art. 95Art. 96Art. 97titolo TÍTULO VIDel procedimiento de aprobación de los programas, aplicaciones y sistemas informáticos de la Administración de Justicia
Art. 98Art. 99Art. 100Art. 101Art. 102titolo TÍTULO VIIDe los Servicios Comunes
capo CAPÍTULO IServicios comunes procesales
Art. 103Art. 104Art. 105Art. 106capo CAPÍTULO IIOficinas comunes de apoyo
Art. 107Art. Disposición derogatoriaArt. Disposición final