Real Decreto·18 de febrero de 2020
Real Decreto 371/2020, de 18 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de Extracciones Marítimas
Vigente desde el 19 de marzo de 2020 47 artículos 47 vigencias historificadas
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Art. Artículo únicoArt. Disposición adicional primeraArt. Disposición adicional segundaArt. Disposición adicional terceraArt. Disposición transitoria únicaArt. Disposición derogatoria únicaArt. Disposición final primeraArt. Disposición final segundaArt. Disposición final tercera
capo CAPÍTULO IDisposiciones generales
Art. 1Art. 2Art. 3Art. 4capo CAPÍTULO IIDe las operaciones de exploración, rastreo y localización de buques y bienes naufragados o hundidos en las aguas interiores marítimas o en el mar territorial españoles
Art. 5Art. 6Art. 7Art. 8capo CAPÍTULO IIIDe las operaciones de extracción de buques y bienes naufragados o hundidos en las aguas interiores marítimas o en el mar territorial españoles
Art. 9Art. 10Art. 11Art. 12Art. 13Art. 14Art. 15capo CAPÍTULO IVDe las operaciones de extracción de buques y bienes de propiedad del Estado
Art. 16Art. 17Art. 18Art. 19Art. 20Art. 21Art. 22Art. 23Art. 24Art. 25Art. 26Art. 27Art. 28Art. 29capo CAPÍTULO VDe las operaciones de extracción de armas, municiones, explosivos u otro material militar que pueda afectar a la Defensa Nacional, así como de objetos pertenecientes al patrimonio cultural subacuático y demás bienes de comercio prohibido o restringido
Art. 30capo CAPÍTULO VIDe las operaciones de exploración, rastreo, localización y extracción de buques y embarcaciones de Estado españoles naufragados o hundidos
Art. 31Art. 32Art. 33Art. 34Art. 35Art. 36