Capítulo CAPÍTULO IV
Art. 19
En vigor desde 19 mar 2020
1. Una vez aprobado el pliego de condiciones que han de regir el concurso de la extracción, se procederá a la convocatoria del mismo por medio de la publicación del anuncio correspondiente en el «Boletín Oficial del Estado», sin perjuicio de utilizar cuantos otros medios se estimen convenientes para dar mayor publicidad a la misma.
2. En la convocatoria se recogerá:
a) El lugar, día y hora de celebración del acto público de apertura de ofertas.
b) El objeto del concurso.
c) El lugar de consulta o modo de acceso al pliego de condiciones y la documentación del expediente.
d) Plazo durante el cual los interesados podrán presentar las ofertas y la documentación correspondiente, el registro ante el que podrá presentarse y las cautelas que deberán observarse si la presentación se realizase por correo certificado.
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Tus anotaciones
Proeli/es/rd/2020/02/18/371#art-19