Real Decreto·3 de octubre de 2008

Real Decreto 1614/2008, de 3 de octubre, relativo a los requisitos zoosanitarios de los animales y de los productos de la acuicultura, así como a la prevención y el control de determinadas enfermedades de los animales acuáticos

Vigente desde el 8 de octubre de 2008 68 artículos 73 vigencias historificadas
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Índice

capo CAPÍTULO IDisposiciones generales
Art. 1Art. 2Art. 3
capo CAPÍTULO IIExplotaciones de acuicultura y establecimientos de transformación autorizados
Art. 4Art. 5Art. 6Art. 7Art. 8Art. 9Art. 10
capo CAPÍTULO IIIRequisitos zoosanitarios para la puesta en el mercado de animales y productos de la acuicultura
sezione Sección 1.ª Disposiciones generales
Art. 11Art. 12Art. 13Art. 14
sezione Sección 2.ª Animales destinados a la explotación y la repoblación
Art. 15Art. 16Art. 17
sezione Sección 3.ª Animales y productos destinados al consumo humano
Art. 18Art. 19
sezione Sección 4.ª Animales acuáticos silvestres
Art. 20
sezione Sección 5.ª Animales acuáticos ornamentales
Art. 21
capo CAPÍTULO IVAnimales y productos procedentes de terceros países
Art. 22Art. 23
capo CAPÍTULO VNotificación y medidas mínimas para el control de enfermedades
sezione Sección 1.ª Notificación de enfermedades
Art. 24Art. 25
sezione Sección 2.ª Sospecha e investigaciones epizoóticas
Art. 26Art. 27Art. 28
sezione Sección 3.ª Confirmación de enfermedades exóticas
Art. 29Art. 30Art. 31Art. 32Art. 33Art. 34Art. 35
sezione Sección 4.ª Confirmación de enfermedades no exóticas en animales de la acuicultura
Art. 36Art. 37
sezione Sección 5.ª Confirmación de enfermedades enumeradas en animales acuáticos silvestres
Art. 38
sezione Sección 6.ª Enfermedades emergentes
Art. 39
sezione Sección 7.ª Medidas alternativas y disposiciones nacionales
Art. 40
capo CAPÍTULO VIProgramas de control y vacunación
sezione Sección 1.ª Programas de vigilancia y erradicación
Art. 41Art. 42Art. 43
sezione Sección 2.ª Plan de contingencia para enfermedades emergentes y exóticas
Art. 44
sezione Sección 3.ª Vacunación
Art. 45
capo CAPÍTULO VIICalificación como libre de enfermedades
Art. 46Art. 47Art. 48Art. 49Art. 50
capo CAPÍTULO VIIIÓrganos competentes y laboratorios
Art. 51Art. 52Art. 53Art. 54
capo CAPÍTULO IXInspecciones, gestión electrónica y sanciones
Art. 55Art. 56Art. 57Art. Disposición transitoria primeraArt. Disposición transitoria segundaArt. Disposición derogatoria únicaArt. Disposición final primeraArt. Disposición final segundaArt. Disposición final terceraArt. Disposición final cuartaArt. Disposición final quinta
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