Real Decreto·3 de agosto de 2001
Real Decreto 947/2001, de 3 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento del Servicio Jurídico de la Administración de la Seguridad Social
Vigente desde el 7 de octubre de 2001 40 artículos 41 vigencias historificadas
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Art. Artículo únicoArt. Disposición adicional primeraArt. Disposición adicional segundaArt. Disposición transitoria primeraArt. Disposición transitoria segundaArt. Disposición transitoria terceraArt. Disposición derogatoria únicaArt. Disposición final primeraArt. Disposición final segundaArt. Disposición final terceraArt. Disposición final cuarta
capo CAPÍTULO IDe la organización del Servicio Jurídico de la Administración de la Seguridad Social
Art. 1Art. 2Art. 3Art. 4Art. 5Art. 6Art. 7Art. 8Art. 9Art. 10Art. 11Art. 12Art. 13capo CAPÍTULO IIEspecialidades procesales y de funcionamiento
sezione Sección 1.ª Normas específicas sobre representación y defensa en juicio de las Entidades gestoras y Servicios comunes de la Seguridad Social
Art. 14Art. 15Art. 16Art. 17Art. 18sezione Sección 2.ª Especialidades procesales aplicables a las Entidades gestoras y Servicios comunes de la Administración de la Seguridad Social
Art. 19Art. 20Art. 21capo CAPÍTULO IIIDel ingreso en el Cuerpo Superior de Letrados de la Administración de la Seguridad Social y de la provisión de los puestos de asistencia jurídica
sezione Sección 1.ª Del ingreso en el Cuerpo Superior de Letrados de la Administración de la Seguridad Social
Art. 22Art. 23Art. 24Art. 25sezione Sección 2.ª De la provisión de los puestos de asistencia jurídica reservados a los Letrados de la Administración de la Seguridad Social
Art. 26Art. 27