Real Decreto·11 de julio de 2014

Real Decreto 595/2014, de 11 de julio, por el que se aprueba el Plan Hidrológico de la Demarcación Hidrográfica del Júcar

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Índice

Art. 1Art. 2Art. Disposición adicional primeraArt. Disposición adicional segundaArt. Disposición adicional terceraArt. Disposición adicional cuartaArt. Disposición adicional quintaArt. Disposición adicional sextaArt. Disposición adicional séptimaArt. Disposición derogatoria únicaArt. Disposición final primeraArt. Disposición final segunda
capo CAPÍTULO 1Disposiciones generales
Art. 1Art. 2
capo CAPÍTULO 2Descripción general de la demarcación hidrográfica
Art. 3Art. 4Art. 5Art. 6
capo CAPÍTULO 3Objetivos medioambientales
Art. 7Art. 8Art. 9
capo CAPÍTULO 4Regímenes de caudales ecológicos
Art. 10Art. 11Art. 12Art. 13Art. 14Art. 15Art. 16Art. 17
capo CAPÍTULO 5Prioridad y compatibilidad de usos
Art. 18Art. 19Art. 20Art. 21
capo CAPÍTULO 6Asignaciones y reservas de recursos
Art. 22Art. 23Art. 24Art. 25Art. 26Art. 27Art. 28Art. 29Art. 30Art. 31Art. 32Art. 33
capo CAPÍTULO 7Utilización del dominio público hidráulico
sezione Sección 1.ª Usos comunes y privativos
Art. 34Art. 35
sezione Sección 2.ª Autorizaciones y concesiones
Art. 36Art. 37Art. 38Art. 39Art. 40Art. 41Art. 42Art. 43Art. 44Art. 45
capo CAPÍTULO 8Protección del dominio público hidráulico y calidad de las aguas
sezione Sección 1.ª Normas generales sobre protección de inundaciones y zonas de protección
Art. 46Art. 47Art. 48Art. 49Art. 50Art. 51
sezione Sección 2.ª Vertidos
Art. 52Art. 53Art. 54Art. 55Art. 56
sezione Sección 3.ª Reutilización de las aguas
Art. 57
capo CAPÍTULO 9Régimen económico financiero de la utilización del dominio público hidráulico
Art. 58Art. 59
capo CAPÍTULO 10Seguimiento y revisión del Plan Hidrológico
Art. 60Art. 61Art. 62Art. 63
capo CAPÍTULO 11Participación pública y autoridades competentes
Art. 64Art. 65Art. 66
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