Capítulo CAPÍTULO 2

Art. 3

En vigor desde 13 jul 2014
1. Se identifican y delimitan 349 masas de agua superficial, que se relacionan en el apéndice 1. 2. La situación y los límites de las masas de agua superficial anteriores se encuentra disponible y accesible al público a través de los servicios de la IDE (Infraestructura de Datos Espaciales) de la Confederación Hidrográfica del Júcar en www.chj.es, donde cada masa de agua se identifica con el código referido en el apéndice 1. 3. Estas masas de agua superficial se clasifican en: a) categoría río, 304 masas de agua de las cuales 257 corresponden a ríos naturales, 43 a masas de agua muy modificadas y 4 a masas de agua artificiales. b) categoría lago, 19 masas de agua, de las cuales 16 corresponden a lagos naturales y 3 a masas de agua muy modificadas. c) categoría de masas de agua de transición, 4 masas de agua muy modificadas, de las cuales 2 corresponden a estuarios salinos y 2 a salinas. d) categoría de masas costeras, 22 masas de agua, de las cuales 16 corresponden con masas naturales y 6 con masas de agua muy modificadas por la presencia de puertos.
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eli/es/rd/2014/07/11/595#art-3

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