Decisión·n.º 715·11 de mayo de 2016
Decisión (UE) 2016/715
DECISIÓN DE EJECUCIÓN (UE) 2016/715 DE LA COMISIÓN - de 11 de mayo de 2016 - por la que se establecen medidas respecto a determinados frutos originarios de determinados terceros países para prevenir la introducción y propagación en la Unión del organismo nocivo Phyllosticta citricarpa (McAlpine) Van der Aa - [notificada con el número C(2016) 2684]
Vigente desde el 11 de mayo de 2016 46 artículos 1 vigencias historificadas
Consultar onlineÍndice
capo ICAPÍTULO I
capo I.tit_1DISPOSICIONES GENERALES
capo IICAPÍTULO II
capo II.tit_1MEDIDAS SOBRE FRUTOS ESPECIFICADOS DISTINTOS DE LOS FRUTOS DESTINADOS EXCLUSIVAMENTE A LA TRANSFORMACIÓN INDUSTRIAL EN ZUMO
capo IIICAPÍTULO III
capo III.tit_1MEDIDAS SOBRE FRUTOS ESPECIFICADOS DESTINADOS EXCLUSIVAMENTE A LA TRANSFORMACIÓN INDUSTRIAL EN ZUMO
capo IVCAPÍTULO IV
capo IV.tit_1DISPOSICIONES FINALES
Art. 1ObjetoArt. 1.tit_1ObjetoArt. 2DefinicionesArt. 2.tit_1DefinicionesArt. 3Introducción en la Unión de frutos especificados distintos de los frutos destinados exclusivamente a la transformación industrial en zumoArt. 3.tit_1Introducción en la Unión de frutos especificados distintos de los frutos destinados exclusivamente a la transformación industrial en zumoArt. 4Introducción en la Unión de frutos especificados originarios de BrasilArt. 4.tit_1Introducción en la Unión de frutos especificados originarios de BrasilArt. 5Introducción en la Unión de frutos especificados originarios de Sudáfrica y de UruguayArt. 5.tit_1Introducción en la Unión de frutos especificados originarios de Sudáfrica y de UruguayArt. 6Requisitos aplicables a la inspección de los frutos especificados originarios de Sudáfrica y de Uruguay dentro de la UniónArt. 6.tit_1Requisitos aplicables a la inspección de los frutos especificados originarios de Sudáfrica y de Uruguay dentro de la UniónArt. 7Requisitos de trazabilidadArt. 7.tit_1Requisitos de trazabilidadArt. 8Introducción y circulación en la Unión de frutos especificados destinados exclusivamente a la transformación industrial en zumoArt. 8.tit_1Introducción y circulación en la Unión de frutos especificados destinados exclusivamente a la transformación industrial en zumoArt. 9Certificados fitosanitariosArt. 9.tit_1Certificados fitosanitariosArt. 10Requisitos de trazabilidad y circulación de los frutos especificados dentro del tercer país de origenArt. 10.tit_1Requisitos de trazabilidad y circulación de los frutos especificados dentro del tercer país de origenArt. 11Puntos de entrada de los frutos especificadosArt. 11.tit_1Puntos de entrada de los frutos especificadosArt. 12Inspecciones en los puntos de entrada de los frutos especificadosArt. 12.tit_1Inspecciones en los puntos de entrada de los frutos especificadosArt. 13Requisitos para los importadoresArt. 13.tit_1Requisitos para los importadoresArt. 14Circulación de los frutos especificados dentro de la UniónArt. 14.tit_1Circulación de los frutos especificados dentro de la UniónArt. 15Requisitos relativos a la transformación de los frutos especificadosArt. 15.tit_1Requisitos relativos a la transformación de los frutos especificadosArt. 16Requisitos relativos al almacenamiento de los frutos especificadosArt. 16.tit_1Requisitos relativos al almacenamiento de los frutos especificadosArt. 17Contenedores, envases y etiquetadoArt. 17.tit_1Contenedores, envases y etiquetadoArt. 18Obligaciones de presentación de informesArt. 18.tit_1Obligaciones de presentación de informesArt. 19NotificaciónArt. 19.tit_1NotificaciónArt. 20DerogaciónArt. 20.tit_1DerogaciónArt. 21Fecha de aplicaciónArt. 21.tit_1Fecha de aplicaciónArt. 22Fecha de expiraciónArt. 22.tit_1Fecha de expiraciónArt. 23DestinatariosArt. 23.tit_1Destinatarios