Capítulo CAPITULO V

Art. 39

En vigor desde 22 feb 1979
El Consejo General de Colegios, que integrará a todos los Ilustres Colegios Profesionales de Delineantes, será el Organismo supremo representativo de la profesión con carácter nacional. Radicará en Madrid y ejercerá una función coordinadora entre los Colegios y rectora dentro de las atribuciones que le confieren los presentes Estatutos. Tendrá a todos los efectos la condición de Corporación de derecho público con personalidad jurídica propia y plena capacidad civil y administrativa.
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eli/es/rd/1978/12/15/3306#art-39

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