Título TÍTULO II

Art. 9

En vigor desde 2 jul 2022
1. El Gobierno de Cantabria desarrollará actividades de prevención del juego patológico dirigidas a la población en general y adoptará medidas orientadas a la protección de las personas usuarias, en relación con los juegos incluidos en el Catálogo de Juegos de Cantabria. 2. Las actuaciones y medidas de prevención del juego patológico irán orientadas a la consecución, entre otros, de los siguientes objetivos: a) Desincentivar los hábitos y conductas patológicas. b) Promover la protección de los menores de edad y de las personas vulnerables a las conductas patológicas, impidiendo su acceso a determinadas prácticas y locales de juego. c) Reducir, diversificar y no fomentar su hábito e impedir en su gestión actividades monopolistas.
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eli/es-cb/l/2022/06/24/4#art-9

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