Título TÍTULO II

Art. 14

En vigor desde 2 jul 2022
1. Las asociaciones que tengan entre sus fines la prevención y el tratamiento del juego patológico podrán realizar dentro de su ámbito de actuación, en relación con los juegos incluidos en el Catálogo de Juegos de Cantabria: a) Campañas informativas y preventivas dirigidas a la población en general para desincentivar hábitos o conductas patológicas. b) Talleres y actividades formativas de educación para la salud, información sanitaria y prevención del juego patológico en los ámbitos educativos, sanitario, deportivo y socio-laboral. c) El establecimiento de protocolos de detección precoz y control de la ludopatía en el ámbito comunitario. 2. La Administración competente en materia de educación promoverá y facilitará el desarrollo de estas medidas contempladas en el ámbito educativo.
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eli/es-cb/l/2022/06/24/4#art-14

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