Capítulo CAPÍTULO TERCERO

Art. 15

En vigor desde 6 jul 2018
1. En el ámbito del modelo combinado de formación profesional, el departamento competente en materia de formación profesional del sistema educativo del País Vasco impulsará el aprendizaje en puesto de trabajo para la adquisición y mejora de diferentes competencias y cualificaciones profesionales, mediante la realización de una formación práctica en alternancia, ajustándola de manera coordinada tanto en los centros de formación profesional como en las empresas. 2. En los proyectos de formación profesional dual, el departamento competente en materia de formación profesional del sistema educativo del País Vasco fomentará el mayor grado de implicación del mundo laboral y empresarial, de modo que participen en la propia definición de los objetivos y de los contenidos de los procesos de formación, con el objetivo de que se integre al alumnado, de forma directa, en el desarrollo real y cotidiano de la actividad en la empresa. 3. El departamento competente en materia de formación profesional del sistema educativo del País Vasco priorizará las ofertas de formación profesional dual que conlleven, a su fin, la continuidad en la contratación. 4. En el ámbito del modelo combinado de formación profesional, el departamento competente en materia de formación profesional del sistema educativo del País Vasco promoverá la creación de programas de especialización profesional con el fin de dar de esa forma respuesta a las necesidades del empleo y del tejido productivo. Dicha especialización se adquirirá prioritariamente a través de la formación profesional dual. 5. El departamento competente en materia de formación profesional del sistema educativo del País Vasco fomentará las actividades formativas que se desarrollen de acuerdo al modelo de formación profesional dual, en cualquiera de sus modalidades. 6. El departamento competente en materia de formación profesional del sistema educativo del País Vasco impulsará de forma especial la inclusión, en los proyectos de formación profesional dual, de los elementos que integran el modelo combinado de formación profesional, promoviendo específicamente la incorporación de contenidos de aprendizaje en innovación y emprendimiento.
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eli/es-pv/l/2018/06/28/4#art-15

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