Real Decreto·22 de marzo de 2019
Real Decreto 165/2019, de 22 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de Adopción internacional
Derogado 49 artículos 72 vigencias historificadas
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Art. Artículo únicoArt. Disposición adicional únicaArt. Disposición transitoria únicaArt. Disposición derogatoria únicaArt. Disposición final primeraArt. Disposición final segundaArt. Disposición final tercera
capo CAPÍTULO IDisposiciones generales
Art. 1Art. 2Art. 3Art. 4Art. 5capo CAPÍTULO IIInicio, suspensión o paralización de la tramitación de adopciones en el país de origen de las personas menores de edad
Art. 6Art. 7Art. 8capo CAPÍTULO IIIEstablecimiento y distribución del número máximo de expedientes de adopción internacional que se remitirá anualmente a cada país de origen
Art. 9Art. 10Art. 11capo CAPÍTULO IVOrganismos acreditados para la intermediación en adopción internacional
Art. 12Art. 13Art. 14Art. 15Art. 16capo CAPÍTULO VAcreditación de los organismos
sezione Sección 1.ª Requisitos para la acreditación
Art. 17Art. 18Art. 19Art. 20sezione Sección 2.ª Procedimiento de acreditación
Art. 21Art. 22Art. 23Art. 24Art. 25sezione Sección 3.ª Eficacia y duración de la acreditación y suspensión de la entrega de nuevos expedientes
Art. 26Art. 27sezione Sección 4.ª Retirada de la acreditación y obligaciones de los organismos acreditados
Art. 28Art. 29sezione Sección 5.ª Cooperación y fusión entre organismos acreditados
Art. 30sezione Sección 6.ª Modelo básico de contrato entre los organismos acreditados para la intermediación en adopción internacional y las personas que se ofrecen para la adopción
Art. 31Art. 32sezione Sección 7.ª Seguimiento y control de las actividades de los organismos acreditados
Art. 33Art. 34Art. 35Art. 36capo CAPÍTULO VIRegistro Nacional de Organismos Acreditados de Adopción internacional y de Reclamaciones e Incidencias
Art. 37Art. 38Art. 39