Ley·18 de abril de 2023
Ley 4/2023, de 18 de abril, Andaluza del Flamenco
Vigente desde el 22 de abril de 2023 46 artículos 46 vigencias historificadas
Consultar onlineÍndice
titolo TÍTULO PRELIMINARDisposiciones generales
Art. 1Art. 2Art. 3Art. 4titolo TÍTULO ICompetencias y organización administrativa
capo CAPÍTULO ICompetencias
Art. 5Art. 6Art. 7capo CAPÍTULO IIOrganización administrativa
Art. 8Art. 9Art. 10capo CAPÍTULO IIIEntidades locales
Art. 11titolo TÍTULO IIOrdenación y planificación en materia de flamenco
capo CAPÍTULO IOrdenación y fomento
Art. 12capo CAPÍTULO IIPlanificación
Art. 13Art. 14titolo TÍTULO IIIDe la ordenación de las actividades y entidades en el ámbito del flamenco
capo CAPÍTULO IDe las actividades
Art. 15capo CAPÍTULO IIDe las peñas flamencas y otras entidades
Art. 16Art. 17Art. 18capo CAPÍTULO IIIDel Registro Andaluz del Flamenco
Art. 19Art. 20Art. 21Art. 22titolo TÍTULO IVDe la enseñanza del flamenco
Art. 23Art. 24Art. 25Art. 26titolo TÍTULO VDel conjunto patrimonial del flamenco
capo CAPÍTULO IProtección de los bienes integrantes del conjunto patrimonial del flamenco
Art. 27Art. 28Art. 29Art. 30capo CAPÍTULO IIDocumentación, conocimiento y difusión del conjunto patrimonial del flamenco
Art. 31Art. 32titolo TÍTULO VIDe la difusión del flamenco
capo CAPÍTULO IPromoción y comunicación social
Art. 33Art. 34capo CAPÍTULO IITecnologías de la información
Art. 35Art. Disposición adicional primeraArt. Disposición adicional segundaArt. Disposición adicional terceraArt. Disposición adicional cuartaArt. Disposición adicional quintaArt. Disposición transitoria únicaArt. Disposición derogatoria únicaArt. Disposición final primeraArt. Disposición final segunda