Capítulo CAPITULO IV

Art. 29

En vigor desde 22 feb 1979
Los Colegios Profesionales de Delineantes estarán regidos y representados por su Junta de Gobierno, integrada por un Decano, un Vicedecano, un Secretario, un Tesorero, un Interventor y tantos Vocales como Delegaciones compongan el Colegio o se estime conveniente.
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eli/es/rd/1978/12/15/3306#art-29

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