Capítulo CAPÍTULO III
Art. 31
En vigor desde 18 ene 1980
La Academia considerará como obras de su propiedad:
a) Todos los trabajos de la Corporación y de sus Secciones y Comisiones.
b) Las obras, Memorias, discursos, informes, dictámenes y demás escritos que los Académicos u otras personas les presenten en cumplimiento de obligaciones o encargos de la Corporación.
c) Las que, siéndoles presentadas y cedidas espontáneamente por sus Académicos o por otras personas, acepte como útiles a su Corporación.
d) Todos los discursos, conferencias, trabajos premiados y demás obras y revistas publicadas por los Académicos y cuyos autores no se hayan reservado la propiedad.
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Tus anotaciones
Proeli/es/rd/1979/12/07/2878#art-31