Capítulo CAPÍTULO IV›Secc. Sección 2.ª De la Junta General
Art. 11
En vigor desde 17 mar 2000
La Junta General celebrará una reunión ordinaria en el mes de enero de cada año y las extraordinarias que acuerde la Directiva, por sí o a petición escrita de la cuarta parte de los colegiados.
En la solicitud de convocatoria de Junta General extraordinaria deberá expresarse el objeto o los fines que motivan la solicitud.
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Proeli/es/rd/2000/02/25/278#art-11