Título TITULO IV›Capítulo CAPÍTULO I›Secc. Sección única
Art. 11
En vigor desde 3 sept 2003
Los que solicitasen incorporarse al Colegio Nacional de Ingenieros del Instituto Católico de Artes e Industrias habrán de acreditar ser mayores de edad, presentar el título de Ingeniero del ICAI en cualquiera de sus especialidades expedido por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte o, en su defecto, un testimonio notarial de aquél o del recibo acreditativo de haber satisfecho los derechos para obtenerlo y no estar suspendido en el ejercicio de la profesión.
Se modifica por el apartado 7 del Real Decreto 1056/2003, de 1 de agosto. Ref. BOE-A-2003-16975
Tus anotaciones
Proeli/es/o/1964/01/23/(1)#art-11