Título TÍTULO ICapítulo CAPÍTULO IISecc. Sección 1.ª Autocontrol

Art. 12

En vigor desde 23 abr 2019
1. En la identificación de los productos agroalimentarios comercializados en la Comunidad Autónoma de Canarias se usará un lenguaje claro y accesible, incluidos aquellos productos identificados con menciones específicas y distintivos de calidad. 2. El Gobierno de Canarias promoverá campañas para dar a conocer el significado de cada una de las menciones específicas y distintivos de calidad de los productos agroalimentarios.
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eli/es-cn/l/2019/04/09/6#art-12

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