Título TÍTULO VI
Art. Disposición adicional cuarta
En vigor desde 13 ago 1996
Quedan integrados en el Sistema de Museos de la Región de Murcia, en los términos estipulados con el Ministerio de Cultura, y de conformidad con la legislación que le sea aplicable, el Museo de Murcia (hasta su definitiva división en Museo de Bellas Artes y Museo de Arqueología) y el Museo Monográfico «El Cigarralejo» de Mula.
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Proeli/es-mc/l/1996/07/30/5#disposicion-adicional-cuarta