Capítulo CAPÍTULO III›Secc. Sección 1.ª Actuaciones de la Administración Autonómica
Art. 10
En vigor desde 18 oct 2025
La Junta de Extremadura, a propuesta o en colaboración con otras Administraciones públicas o entidades, a través de los instrumentos jurídicos que correspondan, elaborará y pondrá a disposición de los interesados mapas de fosas en los cuales constarán los terrenos en los que se localicen los restos de las víctimas.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es-ex/l/2025/10/15/4#art-10