Capítulo CAPÍTULO VII

Art. 33

En vigor desde 9 abr 2015
1. Los órganos de gobierno y administración del Consejo de Cámaras Oficiales de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de la Comunitat Valenciana son el pleno, el comité ejecutivo y el presidente. 2. La composición, las funciones, el régimen jurídico y de organización y el funcionamiento de los órganos de gobierno del consejo se establecerán reglamentariamente de acuerdo con los principios generales establecidos en esta ley. 3. La conselleria que ostente las competencias en materia de comercio designará una persona representante que, sin condición de miembro, tendrá voz pero no voto en las sesiones de los órganos colegiados del consejo, a las que deberá ser convocado en las mismas condiciones que sus miembros. 4. No podrán formar parte de los órganos de gobierno y administración ni ser nombrados ni ocupar el puesto de director o directora general del consejo quienes estén inhabilitados para empleo o cargo público.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-vc/l/2015/04/02/3#art-33

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil