Capítulo CAPÍTULO VII
Art. 31
En vigor desde 9 abr 2015
El Consejo de Cámaras Oficiales de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de la Comunitat Valenciana podrá adoptar también la denominación de «Cámaras de la Comunitat Valenciana».
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Proeli/es-vc/l/2015/04/02/3#art-31