Capítulo CAPÍTULO VI
Art. 45
En vigor desde 28 ene 1999
El programa anual de actuación estadística también contendrá la descripción técnica de las estadísticas de interés de la Generalidad que prevé iniciar durante el período de vigencia.
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Tus anotaciones
Proeli/es-ct/l/1998/12/30/23#art-45