Capítulo CAPÍTULO VI

Art. 44

En vigor desde 28 ene 1999
El programa anual de actuación estadística sólo contendrá el enunciado de las estadísticas de interés de la Generalidad en proceso de realización cuando la descripción técnica de estas estadísticas se haya hecho en el plan estadístico de Cataluña.
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eli/es-ct/l/1998/12/30/23#art-44

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