Título TÍTULO III›Capítulo CAPÍTULO II›Secc. Sección 2.ª Actuaciones de estudio, divulgación, información y formación
Art. 14
En vigor desde 27 may 2003
Las actuaciones de divulgación tienen por objeto poner en conocimiento de la sociedad, en general, y de los distintos sectores y agentes afectados, las situaciones de violencia de género concurrentes en el ámbito municipal, insular y de la Comunidad Autónoma, a los efectos de conseguir la concienciación y sensibilización de la sociedad sobre la realidad del problema y sus posibles soluciones.
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Proeli/es-cn/l/2003/04/08/16#art-14