Art. 8
En vigor desde 4 jun 2009
Artículo 8
1. Los trabajos del Comité se llevarán a cabo en La Haya, salvo excepciones decididas por el Consejo de Administración.
2. Los gastos de viaje y manutención, incluidos los de alojamiento en hotel, de los miembros del Comité y los candidatos convocados a las pruebas y entrevistas se reembolsarán con arreglo a las normas aplicables.
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