Capítulo CAPÍTULO VII
Art. 26
En vigor desde 22 jul 2003
El Consejo General del Poder Judicial comunicará tanto el Plan quinquenal como los Programas Anuales de Estadística Judicial al Instituto Nacional de Estadística y a los servicios estadísticos de las Comunidades Autónomas con el fin de coordinarlos con sus respectivos Planes y Programas.
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Tus anotaciones
Proeli/es/a/2003/07/09/(1)#art-26