Real Decreto·25 de febrero de 2025
Real Decreto 141/2025, de 25 de febrero, por el que se establecen los requisitos esenciales de aeronavegabilidad de las aeronaves ultraligeras motorizadas (ULM) y por el que se modifica tanto la Orden de 31 de mayo de 1982 por la que se aprueba un nuevo Reglamento para la Construcción de Aeronaves por Aficionados, como el propio reglamento
Vigente desde el 27 de febrero de 2025 54 artículos 54 vigencias historificadas
Consultar onlineÍndice
capo CAPÍTULO IDisposiciones generales
Art. 1Art. 2capo CAPÍTULO IIRequisitos y obligaciones de las organizaciones de aeronavegabilidad inicial y de los titulares de una declaración de cumplimiento del diseño registrada
sezione Sección 1.ª Organizaciones de diseño
Art. 3Art. 4Art. 5Art. 6Art. 7sezione Sección 2.ª Organizaciones de producción
Art. 8Art. 9Art. 10Art. 11Art. 12sezione Sección 3.ª Titulares de una declaración de cumplimiento del diseño registrada
Art. 13capo CAPÍTULO IIIAeronavegabilidad del diseño de tipo
sezione Sección 1.ª Requisitos esenciales de aeronavegabilidad
Art. 14sezione Sección 2.ª Certificación del diseño de tipo
Art. 15Art. 16Art. 17Art. 18Art. 19Art. 20Art. 21Art. 22Art. 23Art. 24sezione Sección 3.ª Registro de una declaración de cumplimiento del diseño
Art. 25Art. 26Art. 27capo CAPÍTULO IVCertificación de la aeronavegabilidad
Art. 28Art. 29Art. 30Art. 31Art. 32Art. 33capo CAPÍTULO VMantenimiento de la aeronavegabilidad
Art. 34Art. 35Art. 36Art. 37Art. 38capo CAPÍTULO VIDirectivas de aeronavegabilidad
Art. 39capo CAPÍTULO VIIDisposiciones administrativas comunes
Art. 40Art. 41Art. Disposición adicional primeraArt. Disposición adicional segundaArt. Disposición adicional terceraArt. Disposición adicional cuartaArt. Disposición transitoria primeraArt. Disposición transitoria segundaArt. Disposición derogatoria únicaArt. Disposición final primeraArt. Disposición final segundaArt. Disposición final terceraArt. Disposición final cuarta