Libro ANEXO 1Capítulo CAPÍTULO III

Art. Regla 9

En vigor desde 12 nov 1992
Las operaciones con incidencia contable que se contemplan en el Subsistema se clasifican en los siguientes grupos: A) Operaciones que suponen alta del bien. Adquisición onerosa. Construcción de obra nueva. Adquisiciones lucrativas. Adjudicación en pago de deudas. B) Operaciones que suponen incremento de la valoración del bien. Ampliación, modernización y mejora. Levantamiento de cargas. Otros gastos capitalizables. C) Operaciones que suponen baja del bien o decremento de su valor. Enajenación onerosa. Enajenación lucrativa. Reversión de adquisiciones. Pérdida o destrucción total o parcial. D) Operaciones mixtas. Permuta. Aportación no dineraria a Sociedades mercantiles. E) Otras operaciones. Variaciones de destino. Operaciones de actualización contable.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/res/1992/10/28/(1)#regla-9

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil