Libro ANEXO 1›Capítulo CAPÍTULO II
Art. Regla 5
En vigor desde 12 nov 1992
1. Las operaciones de gestión patrimonial que afecten a bienes incluidos en el Inventario General de Bienes Inmuebles se identificarán por su número de operación de inventario generado por CIMA como consecuencia de la captura de su trámite inicial y soportado en el documento «IB», creado por la citada Orden de 12 de diciembre de 1991.
2. El documento «IB» acompañará el expediente de gestión patrimonial y servirá como soporte documental en las relaciones entre el CIMA y el SICOP.
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Tus anotaciones
Proeli/es/res/1992/10/28/(1)#regla-5