Art. 26

En vigor desde 25 oct 2012
Artículo 26 Si los hechos finalmente establecidos demuestran que se cumplen las condiciones del artículo 22, apartado 1, la Comisión adoptará un acto de ejecución para reintroducir los derechos normales del arancel aduanero común de acuerdo con el procedimiento de examen del artículo 39, apartado 3. Dicho acto de ejecución entrará en vigor en el mes siguiente a su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli:reg:2012:978:oj#art-26

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil