Art. 4

En vigor desde 17 jun 2007
1. La estructura operativa de las Fuerzas Armadas se configura como una cadena de autoridades militares situadas en tres niveles: a) Nivel estratégico: El Jefe de Estado Mayor de la Defensa (JEMAD). b) Nivel operacional: 1.º El Comandante del Mando de Operaciones (CMOPS). 2.º Los comandantes de los mandos conjuntos que se constituyan. c) Nivel táctico: 1.º Los comandantes de las fuerzas conjuntas, que se asignen a las operaciones y a los diferentes planes cuando sean activados. 2.º Los comandantes de las fuerzas específicas del Ejército de Tierra, la Armada y el Ejército del Aire asignadas a las operaciones y a los diferentes planes cuando sean activados. 2. La estructura operativa se encontrará, en todo caso, subordinada al JEMAD como mando de la misma y responsable del nivel estratégico de las operaciones. De él dependerán directamente el CMOPS y aquellos comandantes de los mandos conjuntos que éste determine. La dependencia del resto de los comandantes de los órganos de la estructura operativa, se determinará para cada plan operativo, operación o ejercicio, por el JEMAD.
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eli/es/rd/2007/06/15/787#art-4

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