Capítulo CAPITULO IIISecc. Sección 1.ª Órganos

Art. 9

En vigor desde 20 jun 2013
Son órganos necesarios del Comité técnico estatal de la Administración judicial electrónica el Pleno, la Comisión Permanente, el Presidente y la Secretaría General. El Comité técnico estatal de la Administración judicial electrónica, de acuerdo a sus normas de funcionamiento interno, podrá disponer de otros órganos o grupos de apoyo, pudiendo ser desempeñadas funciones de asesoría, consultoría y/o soporte al Comité, o a sus órganos, por aquellos órganos, oficinas o grupos de trabajo que el Pleno considere oportuno constituir en su seno.
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eli/es/rd/2013/06/07/396#art-9

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