Título TÍTULO IIICapítulo CAPÍTULO IVSecc. Sección 6.ª Decanatos y Direcciones de escuela

Art. 129

En vigor desde 13 mar 2026
La persona titular del Decanato de la facultad o de la Dirección de escuela ejercerá las funciones de dirección y gestión ordinaria de su centro y ostentará su representación.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/rd/2026/03/11/181#art-129

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil