Título TÍTULO IIICapítulo CAPÍTULO IVSecc. Sección 4.ª Secretaría General

Art. 124

En vigor desde 13 mar 2026
1. La persona titular de la Secretaría General será designada y nombrada por el Rector o Rectora entre el personal docente e investigador funcionario doctor o el personal técnico, de gestión y de administración y servicios funcionario con titulación universitaria que preste servicios en la Universidad. 2. La persona titular de la Secretaría General podrá proponer al Rector o Rectora la creación de vicesecretarías generales. 3. Las personas titulares de las vicesecretarías generales podrán sustituir a la persona titular de la Secretaría General en caso de ausencia o enfermedad, con conocimiento del Rector o Rectora, siempre que formen parte del personal docente e investigador funcionario doctor o el personal técnico, de gestión y de administración y servicios funcionario con titulación universitaria que preste servicios en la Universidad.
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eli/es/rd/2026/03/11/181#art-124

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