Capítulo CAPÍTULO VI
Art. 32
En vigor desde 23 oct 2003
1. La Comisión de Admisión es el órgano permanente del Comité de Deontología encargado de admitir a trámite o rechazar las denuncias presentadas.
2. Está compuesta por el presidente y vicepresidente del Comité de Deontología, dos consejeros designados por la Mesa del Consejo General y un vocal de la Junta de Gobierno designado por este órgano.
3. Sus sesiones, votaciones y actas serán secretas.
No se admitirán representaciones.
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Proeli/es/rd/2003/10/10/1271#art-32