Capítulo CAPÍTULO II

Art. 9

En vigor desde 23 feb 2023
Mientras no se establezca lo contrario, las medidas de erradicación adoptadas deberán ser ejecutadas por las personas interesadas de manera inmediata y bajo control oficial, siendo a su cargo los gastos que se originen según establece el artículo 19 de la Ley 43/2002, de 20 de noviembre, de sanidad vegetal.
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eli/es/rd/2023/02/21/115#art-9

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