Capítulo Capítulo Primero

Art. 5

En vigor desde 7 ago 1993
La ordenación de la acción educativa en el exterior y la inspección de las enseñanzas españolas reguladas por el presente Real Decreto son competencias del Ministerio de Educación y Ciencia, sin perjuicio de las funciones que correspondan al Ministerio de Asuntos Exteriores.
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eli/es/rd/1993/06/25/1027#art-5

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