Título TITULO VCapítulo CAPÍTULO ÚNICOSecc. Sección 2.ª Organos del Colegio

Art. 22

En vigor desde 3 sept 2003
El reglamento de régimen interno del colegio determinará las funciones propias del Secretario y del Tesorero del colegio. Se modifica por el apartado 15 por el Real Decreto 1056/2003, de 1 de agosto. Ref. BOE-A-2003-16975

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eli/es/o/1964/01/23/(1)#art-22

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