Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO VI

Art. 10

En vigor desde 31 dic 1988
El procedimiento de elección y sustitución de los Vocales del Consejo Social en representación de la Junta de Gobierno de la Universidad, así como la duración de su mandato, se regirán por lo determinado al respecto en el Estatuto de la Universidad de León.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/o/1988/12/23/(2)#art-10

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil