Capítulo CAPÍTULO III
Art. 14
En vigor desde 9 mar 2018
Tanto los miembros de los órganos de gobierno del Consejo Regulador como el personal que cumpla sus funciones laborales, administrativas o técnicas en el mismo, estarán obligados a guardar confidencialidad, imparcialidad, independencia y seguridad en el desempeño de sus funciones.
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Proeli/es/o/2018/02/27/apm237#art-14