Art. 7
En vigor desde 8 jun 2022
1. Los proyectos candidatos a los premios previstos en las categorías a, b) y c) del artículo 3.1 se valorarán por el jurado a través de los siguientes criterios de valoración y su ponderación:
Criterio Descripción Baremo 1 Innovación, originalidad y excelencia del proyecto. Se valorará la excelencia del proyecto a través de, entre otros, los siguientes aspectos: – Innovación u originalidad del proyecto: desarrollo de nuevos productos o servicios o mejora sustancial de los existentes. – Innovación tecnológica: uso de nuevas tecnologías en alguna de las fases del proyecto (que permitan, por ejemplo, aumentar la eficiencia de la empresa a través de la reducción de costes, aumento del valor añadido, mejora de la calidad de las producciones y/o de la comercialización, reducción del impacto ambiental, etc.) – Innovación digital: uso de herramientas digitales en el uso del proyecto. – Innovación organizativa: nuevos métodos de trabajo o enfoque organizativo. – Otros: diversificación de las producciones y/o los mercados; sostenibilidad económica del proyecto. Hasta un máximo de 30 puntos. – Proyecto innovador: hasta 10 puntos. – Proyecto innovador y original: hasta 20 puntos. – Proyecto innovador original y excelente: hasta 30 puntos. 2 Contribución a la empleabilidad de la población del medio rural y de zonas pesqueras rurales. Se valorará el número de personas que trabajan en la empresa (miembros de la empresa, socios trabajadores y personas contratadas con nómina). Hasta un máximo de 10 puntos. N.º de trabajadores: 2 puntos por persona que trabaja en la empresa, hasta 10 puntos. 3 Contribución a la inserción laboral de las mujeres en el medio rural y en zonas pesqueras rurales. Se valorará el porcentaje de mujeres que trabajan en la empresa en relación al total de trabajadores (miembros de la empresa, socias trabajadoras y mujeres contratadas con nómina). Hasta un máximo de 15 puntos. – Porcentaje de mujeres sobre el total de trabajadores ≥ 25 % y < 50 %: 10 puntos. – Porcentaje de mujeres sobre el total de trabajadores ≥ 50 %: 15 puntos. 4 Contribución a la presencia de mujeres en los órganos de decisión de la explotación o actividad económica, como titulares y/o jefas de explotación u órganos directivos de las empresas. Se valorará la presencia de mujeres en los órganos de dirección de la empresa Hasta un máximo de 15 puntos. – 10 puntos si en los órganos directivos de la empresa hay ≥ 25 % y < 50 % de mujeres. – 15 puntos si en los órganos directivos de la empresa hay ≥ 50 % de mujeres. 5 Desarrollo del proyecto en un municipio en riesgo de despoblación. Se valorará que el proyecto se realice en un municipio con baja población Hasta un máximo de 10 puntos. – 5 puntos si el proyecto se realiza en un municipio de ≥ 5.000 y ≤ 20.000 habitantes. – 10 puntos si el proyecto se realiza en un municipio de <5.000 habitantes. 6 Impacto socioeconómico del proyecto. Se valorarán los siguientes aspectos: – Contribución del proyecto a dinamizar la economía local, al poner en valor sus recursos, existencia de sinergias con otros sectores productivos a nivel local y comarcal. – Integración del proyecto en alguna fórmula asociativa – Contribución del proyecto a la sostenibilidad social del territorio (si existen ciudadanos y grupos de la sociedad civil que se ven involucrados y afectados por el proyecto). Hasta un máximo de 15 puntos. – 7 puntos si el proyecto tiene un impacto socioeconómico sobre su región en al menos uno de los aspectos citados en este criterio. – 10 puntos si el proyecto tiene un impacto socioeconómico sobre su región en al menos dos de los aspectos citados en este criterio. – 15 puntos si el proyecto tiene un impacto socioeconómico sobre su región en los tres aspectos citados en este criterio. 7 Contribución del proyecto a la reducción del impacto medioambiental. Se valoran las actividades económicas que contribuyan a reducir el impacto al medio ambiente, teniendo en cuenta, entre otros, los siguientes aspectos: – Mejora de la eficiencia energética. – Sostenibilidad del uso de los recursos hídricos. Reutilización y reciclaje de residuos. – Reducción de emisiones GEI. – Prevención erosión del suelo. – Conservación de la biodiversidad. Hasta un máximo de 5 puntos. – 3 puntos si el proyecto contribuye a reducir el impacto ambiental o es medioambientalmente sostenible. – 5 puntos si el proyecto contribuye de manera destacada a reducir el impacto ambiental. Puntuación máxima: 100 puntos. Puntuación mínima: 50 puntos. Criterios de desempate: Mayor puntuación parcial obtenida en relación a los criterios 1, 3 y 4.
Para que un proyecto candidato pase a ser considerado en la categoría correspondiente al menos deberá alcanzar un total de 50 puntos en la fase de valoración.
2. Para los trabajos candidatos al premio previsto en la categoría d) del artículo 3.1, el jurado valorará las candidaturas según los siguientes criterios de valoración y su ponderación:
Criterio Descripción Baremo 1 Calidad periodística, rigor y contribución a la visibilidad del papel de las mujeres del medio rural y de zonas pesqueras rurales. Se valorarán los siguientes aspectos: – Rigor. – Calidad narrativa y/o fotográfica. – Grado de contribución del proyecto a la visibilización del papel de las mujeres del medio rural y de zonas pesqueras rurales. Hasta un máximo de 50 puntos. – Rigor: hasta 15 puntos. – Calidad narrativa y/o fotográfica: hasta 15 puntos. – Grado de contribución del proyecto a la visibilización del papel de las mujeres del medio rural y de zonas pesqueras rurales: hasta 20 puntos. 2 Dimensión y alcance de los trabajos, en relación con la difusión del papel de las mujeres del medio rural y de zonas pesqueras rurales. Se valorará el grado de difusión de los trabajos con base en: – Ámbito geográfico cubierto. – Periodicidad. – Audiencia alcanzada. Hasta un máximo de 50 puntos. – Ámbito geográfico cubierto: hasta 15 puntos. – Periodicidad: hasta 15 puntos. – Audiencia alcanzada: hasta 20 puntos. Puntuación máxima: 100 puntos. Puntuación mínima: 50 puntos. Criterios de desempate: Mayor puntuación parcial obtenida en relación al criterio 1.
Para que un proyecto candidato pase a ser considerado en esta categoría deberá alcanzar al menos un total de 50 puntos en la fase de valoración.
3. En el caso de los premios previstos en la categoría a), b), c) y d) del artículo 3.1, en cada convocatoria anual se concederá un primer, segundo y tercer premio. Los premios se otorgarán en todo caso a los de mayor puntuación total obtenida en dicha convocatoria. Los casos de empate se resolverán atendiendo a la mayor puntuación parcial obtenida a partir de los criterios (1), (3), (4) para los proyectos candidatos a los premios previstos en las categorías a), b) y c) del artículo 3.1; y atendiendo a la mayor puntuación parcial obtenida a partir del criterio (1) para los trabajos candidatos a los premios previstos en la modalidad d) del artículo 3.1. De persistir el empate, la decisión se tomará por voto de calidad del Presidente del jurado, debiendo argumentarse la misma en el acta que refleje la concesión de los premios.
4. Queda exenta de la aplicación de los criterios previstos en este artículo el premio extraordinario previsto en categoría e) del artículo 3.1.
Se modifican los apartados 1 y 2 por el art. único.7 de la Orden APA/510/2022, de 2 de junio. Ref. BOE-A-2022-9353 Se modifica por el art. único.7 de la Orden APA/635/2019, de 5 de junio. Ref. BOE-A-2019-8768
Tus anotaciones
Proeli/es/o/2015/04/29/aaa839#art-7