Título TÍTULO IIICapítulo CAPÍTULO IISecc. Sección 2.ª Gastos de carácter plurianual

Art. 224

En vigor desde 25 nov 2004
1. La autorización y el compromiso de los gastos de carácter plurianual se subordinarán al crédito que para cada ejercicio se consigne en los respectivos presupuestos. 2. Corresponde la autorización y disposición de los gastos plurianuales al órgano competente por la materia de que se trate. Se modifica el apartado 2 por el de la Ley Foral 11/2004, de 29 de octubre. Ref. BOE-A-2004-20330

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eli/es-nc/lf/1995/03/10/2#art-224

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