Título TÍTULO VIICapítulo CAPÍTULO II

Art. Disposición adicional segunda

En vigor desde 3 jul 2019
En lo que respecta al régimen de infracciones y sanciones del transporte interurbano de viajeros por carretera en Castilla y León, en lo no previsto en la presente ley se aplicará supletoriamente la normativa estatal en materia de transportes.
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eli/es-cl/l/2018/12/20/9#disposicion-adicional-segunda

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