Título TÍTULO VIICapítulo CAPÍTULO II

Art. Disposición transitoria primera

En vigor desde 3 jul 2019
Las actuales autorizaciones especiales denominadas AECL, otorgadas según lo dispuesto en el artículo 87 de la Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres, y de los artículos 100 y 101 del Real Decreto 1211/1990, de 28 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo, mantendrán su vigencia hasta la aprobación y puesta en marcha de los servicios contenidos en el mapa de ordenación de transportes previsto en la presente ley.
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eli/es-cl/l/2018/12/20/9#disposicion-transitoria-primera

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